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REGLAMENTO CHANCE ONLIE

REGLAMENTO DEL JUEGO CHANCE EN LÍNEA

 1. EL JUEGO 

 

1.1 Este Reglamento tiene por objeto establecer las condiciones que regirán el Juego CHANCE EN LÍNEA® operado por la empresa OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. y autorizado por la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y ASISTENCIA SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE, cuyas características y modalidades se especifican más adelante. 

1.2 El hecho de participar en el juego implica, por parte del apostador, su aceptación y su adhesión a las normas previstas en el Reglamento del Juego CHANCE EN LÍNEA® que esté vigente para la fecha del sorteo respectivo. 1.3 Para la comercialización del Juego CHANCE EN LÍNEA® se utilizarán MEDIOS DE VENTA que estén debidamente autorizados. 

 

2. CARACTERÍSTICAS DEL JUEGO 

 

2.1 A los efectos de este juego, se establecen las siguientes definiciones: 

2.1.1 TRIPLE: número integrado por tres (3) dígitos donde cada dígito va del cero (0) al nueve (9), ambos inclusive. 

2.1.2 SIGNO: se refiere a un signo zodiacal y son 12, a saber: ARIES, TAURO, GÉMINIS, CÁNCER, LEO, VIRGO, LIBRA, ESCORPIO, SAGITARIO, CAPRICORNIO, ACUARIO y PISCIS. 

2.1.3 MEDIOS DE VENTA: es el medio a través del cual se generan los TICKETS y pueden ser: 

a) UNIDADES DE COMERCIALIZACIÓN: Máquinas de captura de datos instaladas en los Centros de Apuestas. A través de este medio se generará un TICKET impreso físico o un TICKET impreso digital que se envía a un dispositivo electrónico del apostador. 

b) Página Web o Aplicación Móvil: Sistema a través del cual los apostadores acceden directamente desde sus equipos o dispositivos para realizar apuestas. A través de este medio se generará un TICKET impreso digital. 

2.1.4 TICKET: Es el medio de apuesta adquirido por el APOSTADOR y que contiene las apuestas autorizadas con las cuales participará en el respectivo sorteo. Es emitido a través de los MEDIOS DE VENTA y contiene un CÓDIGO DE AUTORIZACIÓN único generado por la OPERADORA. 

2.1.5 CÓDIGO DE AUTORIZACIÓN: Código alfanumérico, único e irrepetible, que identifica y certifica que la jugada pretendida por el apostador ha sido autorizada y registrada por la RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 2 OPERADORA, lo que le confiere valor legal. En consecuencia, debe estar impreso en el TICKET siendo el único elemento que lo valida. 

2.1.6 SISTEMA CENTRAL DE APUESTAS: Lo constituye la integración de hardware, software y los equipos electrónicos de comunicación, que funciona bajo la responsabilidad de LA OPERADORA y en donde se interconectan los MEDIO DE VENTA para registrar y validar los TICKETS generados. 

2.1.7 JUGADA INDEPENDIENTE: Cada jugada estará impresa en una línea horizontal. Si el apostador hiciere más de una jugada en una misma línea horizontal, cada una será una jugada independiente y estará separada una de otra por un carácter especial ( ; - / o cualquier otro). 

2.1.8 PREMIO NETO: Es el monto en bolívares que percibe el apostador ganador una vez descontado el Impuesto a las Ganancias Fortuitas. 

2.2 Durante la celebración de cada sorteo se cantarán: 

a) Para la sección “A y B MILLONARIO”: Dos (2) triples, uno denominado TRIPLE A y otro denominado TRIPLE B. En esta sección el apostador podrá apostar a las modalidades TRIPLE A y TRIPLE B, TRIPLE FIJO, PUNTA, TERMINAL y CRUZADO, que se describen más adelante. 

b) Para la sección “CHANCE EN LÍNEA ASTRAL”: Un (1) triple denominado TRIPLE C y un (1) SIGNO ZODIACAL. En esta sección el apostador podrá apostar a las modalidades TRIPLE FIJO, PUNTA, TERMINAL, TRIPLE Y SIGNO y TERMINAL Y SIGNO, que se describen más adelante. 

2.3 El TICKET del juego CHANCE EN LÍNEA® que el apostador adquiere es el único comprobante válido para el cobro de premio, si resultare ganador. 

2.4 El TICKET autorizado del juego CHANCE EN LÍNEA® tendrá: - El nombre de la Lotería Oficial. - La fecha y hora de la venta. - Los datos del Centro de Apuestas. - El día, la fecha y la hora del sorteo. - Sección o secciones del juego apostadas. - Modalidad o modalidades de juego escogidas por el apostador. - Números seleccionados y monto en bolívares apostado en cada jugada realizada. - Cantidad total de jugadas contenidas en el ticket y el monto total a pagar por el apostador. - El lapso de caducidad. - Un número de serial único y correlativo y/o código de barras del ticket. - Un CÓDIGO DE AUTORIZACIÓN único, generado por el SISTEMA CENTRAL DE APUESTAS. - La probabilidad de ganar. RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 

2.5 El monto mínimo de apuesta en cada jugada que se realice para cualquiera de las modalidades será establecido por cada Comercializador y será siempre múltiplo de CIEN BOLIVARES (Bs. 100) 

 

3. MODALIDADES DE JUEGO Y PREMIACIÓN 

 

3.1 TRIPLE A y TRIPLE B: Consiste en apostar al TRIPLE A y al TRIPLE B en un mismo sorteo. El apostador ganará: a) Acierto del TRIPLE A y el TRIPLE B: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el TRIPLE A y el TRIPLE B escogidos por el apostador coinciden respectivamente con el TRIPLE A y el TRIPLE B cantados en el sorteo del día, fecha, hora y sección correspondientes, el apostador ganará DOSCIENTOS MIL BOLÍVARES (Bs.200.000) por cada bolívar (Bs. 1) apostado. b) Acierto únicamente del TRIPLE A: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, solamente el TRIPLE A escogido por el apostador coincide con el TRIPLE A cantado en el sorteo del día, fecha, hora y sección correspondientes, el apostador ganará CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.150) por cada bolívar (Bs. 1) apostado. c) Acierto únicamente del TRIPLE B: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, solamente el TRIPLE B escogido por el apostador coincide con el TRIPLE B cantado en el sorteo del día, fecha, hora y sección correspondientes, el apostador ganará CIENTO CINCUENTA BOLÍVARES (Bs.150) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.2 TRIPLE FIJO: Consiste en apostar a un TRIPLE A, B o C en un mismo sorteo. Si el TRIPLE escogido por el apostador coincide con el respectivo TRIPLE cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, el apostador ganará SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.3 PUNTA: Consiste en apostar a los dos (2) primeros dígitos de un TRIPLE A, B o C que forman su extremo izquierdo, leídos de izquierda a derecha, en un mismo sorteo. Si la PUNTA escogida por el apostador coincide con la PUNTA del respectivo TRIPLE cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, el apostador ganará SESENTA BOLÍVARES (Bs.60) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.4 TERMINAL: Consiste en apostar a los dos (2) últimos dígitos de un TRIPLE A, B o C que forman su extremo derecho, leídos de izquierda a derecha, en un mismo sorteo. Si el TERMINAL escogido por el apostador coincide con el TERMINAL del respectivo TRIPLE cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, el apostador ganará SESENTA BOLÍVARES (Bs.60) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.5 CRUZADO: De los números que forman un TRIPLE A y un TRIPLE B se derivan sus correspondientes PUNTA A y TERMINAL A, y PUNTA B y TERMINAL B respectivamente, originándose así las siguientes categorías: RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 

3.5.1 PUNTA A y PUNTA B: Consiste en apostar a la PUNTA del TRIPLE A y a la PUNTA del TRIPLE B en una misma sección y para un mismo sorteo. El apostador obtiene los siguientes aciertos: 

a) Dos aciertos: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, la PUNTA del TRIPLE A y la PUNTA del TRIPLE B escogidas por el apostador coinciden respectivamente con la PUNTA del TRIPLE A y la PUNTA del TRIPLE B cantados en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

b) Un acierto: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, sólo la PUNTA del TRIPLE A escogida por el apostador coincide con la PUNTA del TRIPLE A cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, o si sólo la PUNTA del TRIPLE B escogida por el apostador coincide con la PUNTA del TRIPLE B cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

3.5.2 PUNTA A y TERMINAL B: Consiste en apostar a la PUNTA del TRIPLE A y al TERMINAL del TRIPLE B en una misma sección y para un mismo sorteo. El apostador obtiene los siguientes aciertos: 

a) Dos aciertos: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, la PUNTA del TRIPLE A y el TERMINAL del TRIPLE B escogidos por el apostador coinciden respectivamente con la PUNTA del TRIPLE A y el TERMINAL del TRIPLE B cantados en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

b) Un acierto: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, sólo la PUNTA del TRIPLE A escogida por el apostador coincide con la PUNTA del TRIPLE A cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes o si sólo el TERMINAL del TRIPLE B escogido por el apostador coincide con el TERMINAL del TRIPLE B cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

3.5.3 TERMINAL A y PUNTA B: Consiste en apostar al TERMINAL del TRIPLE A y a la PUNTA del TRIPLE B en una misma sección y para un mismo sorteo. El apostador obtiene los siguientes aciertos: 

a) Dos aciertos: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el TERMINAL del TRIPLE A y la PUNTA del TRIPLE B escogidos por el apostador coinciden respectivamente con el TERMINAL del TRIPLE A y la PUNTA del TRIPLE B cantados en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

b) Un acierto: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, sólo el TERMINAL del TRIPLE A escogido por el apostador coincide con el TERMINAL del TRIPLE A cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes o si sólo la PUNTA del TRIPLE B escogida por el apostador coincide con la PUNTA del TRIPLE B cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

3.5.4 TERMINAL A y TERMINAL B: Consiste en apostar al TERMINAL del TRIPLE A y al TERMINAL del TRIPLE B en una misma sección y para un mismo sorteo. El apostador obtiene los siguientes aciertos: 

a) Dos aciertos: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el TERMINAL del TRIPLE A y el TERMINAL del TRIPLE B escogidos por el apostador coinciden respectivamente RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 5 con el TERMINAL del TRIPLE A y el TERMINAL del TRIPLE B cantados en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. 

b) Un acierto: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, sólo el TERMINAL del TRIPLE A escogido por el apostador coincide con el TERMINAL del TRIPLE A cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes o si sólo el TERMINAL del TRIPLE B escogido por el apostador coincide con la TERMINAL del TRIPLE B cantado en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes. Para todas las categorías de la modalidad CRUZADO definidas anteriormente, el apostador ganará lo siguiente de acuerdo a la cantidad de aciertos obtenidos: 

a) DOS ACIERTOS: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el apostador obtiene dos (2) aciertos, ganará TRES MIL BOLÍVARES (Bs.3.000) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

b) UN ACIERTO: Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el apostador obtiene un (1) sólo acierto, ganará DIEZ BOLÍVARES (Bs.10) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.6 TRIPLE Y SIGNO: Consiste en apostar al TRIPLE C y al SIGNO en una misma sección y para un mismo sorteo. Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el TRIPLE y el SIGNO escogidos por el apostador coinciden respectivamente con el TRIPLE y el SIGNO cantados en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, el apostador ganará SEIS MIL BOLÍVARES (Bs.6.000) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

3.7 TERMINAL Y SIGNO: Consiste en apostar al TERMINAL del TRIPLE C y al SIGNO en una misma sección y para un mismo sorteo. Si en una JUGADA INDEPENDIENTE, el TERMINAL del TRIPLE C y el SIGNO escogidos por el apostador coinciden respectivamente con la TERMINAL del TRIPLE C y el SIGNO en el sorteo del día, fecha y hora correspondientes, el apostador ganará SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs.600) por cada bolívar (Bs.1) apostado. 

 

4. CONDICIONES PARA LA VENTA DE JUGADAS 

 

4.1 La OPERADORA, los Comercializadores y vendedores de TICKETS del juego CHANCE EN LÍNEA® son comerciantes independientes y asumen la total responsabilidad de las operaciones a su cargo. En consecuencia, la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE quedará exenta de cualquier reclamación derivada de sus operaciones. 

4.2 So pena de nulidad, y por no tener capacidad negocial plena, los menores de dieciocho (18) años no podrán adquirir TICKETS del juego CHANCE EN LÍNEA®. En consecuencia, tampoco podrán participar como apostadores, ni cobrar premios. 

 

5. CELEBRACIÓN DE SORTEOS Y PLAZOS 

 

5.1 Los sorteos del Juego CHANCE EN LÍNEA® se realizarán los días LUNES, MARTES, MIÉRCOLES, JUEVES, VIERNES y SÁBADO, en el horario de la 1:00 PM; 4:30 PM y 8:00 RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 6 PM y los días DOMINGO en el horario de las 8:00 PM y podrán ser transmitidos al público por cualquier servicio de telecomunicación o medios de comunicación nacional o regional. 

5.2 La Operadora podrá modificar el horario de los sorteos, previa notificación a la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE y a la Comisión Nacional de Loterías (CONALOT), participándolo oportunamente al público por un medio de comunicación. 

5.3 Los sorteos serán ejecutados de acuerdo a los sistemas de realización de juego legalmente certificados y autorizados por los organismos competentes. Los resultados de los sorteos serán informados al público por cualquier servicio de telecomunicaciones o medios de comunicación nacional o regional. 

5.4 En el caso de que alguno de los sorteos no pueda realizarse por causa sobrevenida de fuerza mayor o caso fortuito, o deba interrumpirse durante el curso de su ejecución, su celebración o continuación se realizará cuando cesen dichas circunstancias. 

5.5 Los sorteos deberán ser presenciados por un funcionario competente, quien conjuntamente con el representante de la Operadora y/o el representante de la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE, levantarán y firmarán el ACTA respectiva para dar fe pública del resultado. En caso de ausencia del representante de la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE, firmarán el ACTA dos (2) personas escogidas entre las asistentes como testigos del acto. 

 

6. NORMAS PARA LA CANCELACIÓN DE PREMIOS 

 

6.1 No tendrán validez los TICKETS impresos ilegibles, dudosos, perforados o con raspaduras que no permitan su clara identificación ni los que presenten enmiendas, roturas, adulteraciones, alteraciones o signos no autorizados, ni los que se presenten incompletos. Tampoco tendrán validez los TICKETS impresos emitidos en Centros de Apuestas no autorizados, ni los que no posean su respectivo Código de Autorización, ni los que no estén registrados en el SISTEMA CENTRAL DE APUESTAS. 

6.2 Para procesar el pago de un premio, se deberá constatar la validez del TICKET y el cumplimiento de las demás condiciones previstas en este Reglamento. 

6.3 El derecho a cobrar los premios correspondientes al juego CHANCE EN LÍNEA® caducará a los cinco (5) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo respectivo. 

6.4 Todo ganador está obligado a prestarse gratuitamente para la promoción y publicidad, cuando la OPERADORA así lo requiera. 

6.5 En cada modalidad, los aciertos sólo dan derecho al ganador a un (1) premio por jugada. RESERVADO PARA LA APROBACIÓN OPERADORA DE LOTERÍAS LOTECA, C.A. LOTERÍA DE ORIENTE 

6.6 La JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE y el Comercializador no asumirán obligaciones por convenios concertados con terceros por las personas que presenten al cobro medios de apuestas ganadores. 

6.7 En ningún caso los premios del Juego CHANCE EN LÍNEA® generarán intereses ni estarán sujetos a corrección monetaria ni ajustes por inflación. 

6.8 En caso de surgir cualquier duda o controversia, la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE, los Comercializadores, los Centros de Apuestas y los apostadores se someterán única y exclusivamente, para todos los efectos, a lo que se establezca en el Reglamento del Juego CHANCE EN LÍNEA® que esté vigente en la fecha del sorteo respectivo, y a lo que conste en el ACTA del sorteo correspondiente. 

 

7. RECLAMACIONES 

 

7.1 Los apostadores que se consideren con derecho a reclamo, deberán dirigirse personalmente al Centro de Apuestas donde hicieron su jugada y éste canalizará el reclamo ante el Comercializador respectivo. 

7.2 Toda reclamación deberá formularse dentro del plazo máximo e improrrogable de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente a la fecha del sorteo respectivo. 

7.3 Para que se admita la reclamación, el medio de apuesta deberá cumplir con lo establecido en el ítem 6.1 de este Reglamento. 

 

8. DISPOSICIONES FINALES 

 

8.1 La OPERADORA, previa aprobación de la JUNTA DE BENEFICENCIA PÚBLICA Y SOCIAL DEL ESTADO MONAGAS LOTERÍA DE ORIENTE, podrá modificar total o parcialmente este Reglamento y lo informará al público en un diario de circulación nacional. 

8.2 Este Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en un diario de circulación nacional.